La AEAT ya ha publicado la Orden HFP/417/2017 con las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan el Suministro Inmediato de Información (SII).
La Agencia Tributaria publicó el pasado lunes la Orden Ministerial –HFP/417/2017– en la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros de Registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT, también conocida como Suministro Inmediato de Información (SII) o IVA online, que entrará en vigor el próximo 1 de julio y que obligará a más de 63.000 empresas españolas.
Con esta publicación, la AEAT cierra, por ahora, el proceso de definición y regulación de las especificaciones normativas y técnicas en su versión 7 del nuevo sistema que se han ido desarrollando desde enero en la prueba piloto en la que ha participado SERES, en su doble condición de proveedora de este tipo de servicios y empresa obligada por la nueva norma.
La Orden introduce algunos cambios ya previstos con anterioridad, por lo que concreta los libros de facturas expedidas y recibidas, estableciendo las distintas tipologías de registros de facturas e indicando cuales son las operaciones con transcendencia tributaria. A nivel técnico, se especifica cómo deberán estar construidos los mensajes XML a enviar con los registros de facturación y el número máximo de registros por envío a la sede electrónica de la AEAT, que está cifrado en 10.000.
Según SERES, nada parece indicar que vaya a haber un aplazamiento en la entrada en vigor del SII
Además, aunque existe la posibilidad de usar un formulario publicado en la sede electrónica, la comunicación prioritaria con la AEAT será “máquina a máquina”, “lo que conlleva –explica Alberto Redondo, director de Marketing de SERES para Iberia y Latam- una implicación a nivel tecnológico y operativo importante y complejo para muchas empresas. Esta dificultad se ha podido ver en las pruebas, donde el volumen de empresas que han probado está excesivamente lejos de las obligadas, además de que las empresas que lo han intentado por su cuenta, creyendo que era fácil y sencillo, han visto el trasfondo de cambio.”
Según SERES, nada parece indicar que vaya a haber un aplazamiento en la entrada en vigor del SII, el próximo 1 de julio. Nadie discute que hay un tira y afloja entre el sector público y privado sobre el plazo, pero la respuesta tajante de la Agencia y los cambios normativos que implicarían esta variación reducen significativamente esta posibilidad. La Agencia ha trasladado que “en ningún momento se ha pensado el proyecto como un régimen sancionador”, la AEAT “quiere y tiene claro que hay que ser consciente de la dificultad de este proyecto y la dificultad para las empresas. Lo que queremos es tener la información y lo que no queremos es simplemente sancionar a las empresas. Queremos trabajar conjuntamente y compartir todas las experiencias que tengamos y resolver todas las dudas que surjan a los contribuyentes”.